Ley 21.499

Artículo 24Anotacion de litis

Texto oficial

La litis se anotará en el Registro de la Propiedad, siendo desde ese momento indisponible e inembargable el bien.

Qué significa en la práctica

La litis se anota en el Registro de la Propiedad, quedando el bien indisponible desde ese momento.

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