Si la versare sobre bienes que no sean inmuebles, el expropiante obtendrá la inmediata de ellos, previa consignación judicial del valor que se determine por las oficinas técnicas mencionadas en el artículo 13. Será de aplicación, en lo pertinente, lo establecido en el artículo 23.
Qué significa en la práctica
Para los bienes que no sean inmuebles, regula como el expropiante obtiene la posesion.