Ley 21.499

Artículo 28Acciones de terceros

Texto oficial

Ninguna acción de terceros podrá impedir la ni sus efectos. Los derechos del reclamante se considerarán transferidos de la cosa a su precio o a la , quedando aquélla libre de todo gravamen.

Qué significa en la práctica

Ninguna accion de terceros puede impedir la expropiacion ni sus efectos; sus derechos se trasladan a la indemnizacion.

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