Ley 21.499

Artículo 36Sin cambio de destino

Texto oficial

Se entenderá que no hubo cambio de destino cuando el acordado al bien mantenga conexidad, interdependencia o correlación con el específicamente previsto en la ley. Tampoco se considerará que medió cambio de destino si a una parte del bien expropiado se le asignare uno complementario o que tiende a integrar y facilitar el previsto por la ley.

Qué significa en la práctica

No hay cambio de destino cuando el dado al bien mantiene conexidad con el que motivo la expropiacion.

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