Ley 21.608

Artículo 16Facultades de verificación

Texto oficial

La tendrá amplias facultades para verificar y evaluar el cumplimiento de las obligaciones de la beneficiaria que deriven del régimen establecido por esta ley e imponer las sanciones pertinentes. La deberá informar por trimestre calendario al Ministerio de Economía sobre el resultado de las verificaciones, avance de los proyectos y sanciones que eventualmente hubiesen correspondido.

Qué significa en la práctica

La autoridad tiene amplias facultades para verificar el cumplimiento de los proyectos.
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