Son funciones del Síndico: a) Efectuar los arqueos, controles, revisiones y verificaciones que estime necesarios sobre los aspectos operativos, contables, presupuestarios y administrativos con vista a comprobar que los actos y disposiciones del Banco se ajusten a las normas legales y reglamentarias pertinentes. Acompañará con su firma los balances de fin de ejercicio y los estados generales de ganancias y pérdidas. b) Concurrir a las reuniones del Directorio, en las que participará con voz pero sin voto. c) Solicitar la convocatoria del directorio cuando resulte necesario para la consideración de asuntos vinculados con el cumplimiento de sus funciones. d) Informar al Directorio y al Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del Ministerio de Economía, sobre la gestión operativa de la Institución. En el cumplimiento de sus funciones queda sujeto a las responsabilidades que para el desempeño de este cargo fijan las leyes de la Nación.
Qué significa en la práctica
Enumera las funciones del Síndico (arqueos, controles, revisiones y verificaciones).