Ley 21.799

Artículo 31Retribuciones

Texto oficial

Las retribuciones del Presidente, vicepresidente, directores y síndico, serán las que fije el Poder Ejecutivo Nacional.

Qué significa en la práctica

Las retribuciones de las autoridades del Banco las fija el Poder Ejecutivo.
← Ver en Carta Orgánica del Banco Nación completaLeyes