Todos los tribunales del país con en materia penal, remitirán al Registro dentro de los cinco (5) días de quedar firme, dejando copia en la causa, testimonio de la parte dispositiva de los siguientes actos procesales: a) Autos de procesamiento u otra medida equivalente que establezcan los códigos procesales; b) Autos de , u otra medida equivalente que establezcan los códigos procesales; c) Autos de rebeldía y paralización de causa; d) Autos de sobreseimientos provisional o definitivo, con indicación de las normas legales que los fundaren; e) Autos que declaren extinguida la acción penal, en los casos del Art. 64 — Código Penal de la Nación Argentina; (Inciso incorporado por Art. 7 — Ley 24.316 B.O. 19/5/1994). f) Autos de , de revocación de la suspensión y de , previstos en los artículos 76 bis y ter del Código Penal de la Nación Argentina; (Inciso incorporado por Art. 7 — Ley 24.316 B.O. 19/5/1994). g) Autos de revocación de la condicionalidad de la condena, previstos en el Art. 27 bis — Código Penal de la Nación Argentina; (Inciso incorporado por Art. 7 — Ley 24.316 B.O. 19/5/1994). h) Sentencias absolutorias; i) Sentencias condenatorias, indicando la forma de su cumplimiento y acompañando la ficha de antecedentes con fines estadísticos; j) Sentencias que otorguen libertades condicionales o rehabilitaciones; k) Sentencias que concedan o denieguen extradiciones; l) Sentencias que establezcan medidas de seguridad; ll) Sentencias que declaren la de cualquiera de los actos precedentes, los revoquen o los dejen sin efecto; m) Sentencias que hagan lugar a impugnaciones contra informes del Registro en los términos del artículo 10. Igualmente, los tribunales que correspondieren, dentro de los cinco (5) días de recibida la pertinente comunicación, remitirán al Registro testimonio de la parte dispositiva de los decretos que concedan indultos o conmutaciones de penas. ( Nota Infoleg: Por Art. 8 — Ley 24.316 B.O. 19/5/1994, se modifica la denominación de los incisos e), f), g), h), i), j) y k), los que pasaron a denominarse h), i), j), k), l), ll) y m).
Qué significa en la práctica
Todos los tribunales del país con penal deben remitir al Registro los datos de los autos de procesamiento, , sentencias y demás resoluciones que la ley indica.