Ley 22.248

Artículo 10Firma

Texto oficial

La firma será requisito esencial en los actos extendidos con motivo de la relación de trabajo agrario. Cuando el trabajador no supiere leer ni escribir y no supiere o no hubiere podido firmar, se acreditará el acto mediante impresión digital o, en su caso, con los restantes elementos de prueba disponibles.

Qué significa en la práctica

La firma es requisito esencial de los actos de la relación laboral; si el trabajador no sabe firmar, se acredita por impresión digital u otros medios de prueba.

Normas relacionadas

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