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Ley de Trabajo Agrario (1980)
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Art. 11
Ley 22.248
Artículo 11
Organización de la empresa
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Texto oficial
El empleador tendrá facultades para organizar económica y técnicamente la empresa, explotación o establecimiento.
Qué significa en la práctica
El empleador tiene facultades para organizar económica y técnicamente la explotación o establecimiento.
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