Ley 22.248

Artículo 35Prohibición de deducciones

Texto oficial

No podrá deducirse, retenerse o compensarse suma alguna que redujera el monto de las remuneraciones, salvo los casos expresamente autorizados por la presente ley.

Qué significa en la práctica

No se puede deducir, retener ni compensar suma alguna que reduzca la , salvo los casos expresamente autorizados.

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