Cuando la enfermedad o accidente inculpable sobreviniere a una suspensión disciplinaria, tal circunstancia no afectará el derecho del trabajador a percibir la por los plazos previstos. Si los infortunios expresados sobrevinieren estando el trabajador en uso de licencia ordinaria, ésta se interrumpirá, reanudándose a partir del día siguiente al del alta.
Qué significa en la práctica
La enfermedad sobrevenida a una suspensión disciplinaria no afecta el derecho a la ; si ocurre en vacaciones, estas se interrumpen.