El trabajador, salvo casos de , deberá dar aviso al empleador de la enfermedad o accidente y del lugar en que se encontrare, en el transcurso de la primera respecto de la cual estuviere imposibilitado de concurrir por alguna de esas causas. Mientras no lo hiciere perderá el derecho a percibir la correspondiente, salvo que la enfermedad o accidente y la imposibilidad de avisar, resultaren inequívocamente acreditadas. Si el trabajador accidentado o enfermo permaneciere en el establecimiento, se presumirá la existencia del aviso.
Qué significa en la práctica
El trabajador debe avisar al empleador la enfermedad y el lugar donde se encuentra en la primera jornada; si no lo hace, pierde el derecho a la .