Ley 22.248

Artículo 67Injuria

Texto oficial

Cualquiera de las partes podrá resolver el de trabajo, cuando hechos de la otra constituyeren injuria que impidiere la continuación del vínculo. Los jueces valorarán la gravedad de la causal, teniendo en cuenta las modalidades y circunstancias particulares de cada caso.

Qué significa en la práctica

Cualquiera de las partes puede resolver el cuando la otra comete una injuria que impide continuar el vínculo; los jueces valoran su gravedad.

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