Ley 22.248

Artículo 83Aplicación del Título I

Texto oficial

Con la salvedad consignada en el artículo 82, las prescripciones del

Qué significa en la práctica

Salvo lo del art. 82, las normas del Título I (personal permanente) no se aplican al personal no permanente, excepto previsión expresa.

Normas relacionadas

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