Ley 22.250

Artículo 9Funciones del Consejo Asesor

Texto oficial

Son funciones del Consejo Asesor, proponer al Administrador del Registro Nacional las medidas para la mejor aplicación de la presente ley. El Sub-Administrador del Registro Nacional presidirá el Consejo Asesor. El Consejo sesionará con la presencia de la mitad más uno de sus miembros, sin incluir a los efectos del quórum al Presidente del mismo, quien tendrá voto en caso de empate. Las ponencias se adoptarán por simple mayoría de votos.

Qué significa en la práctica

Enumera las funciones del Consejo Asesor del Registro.

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