Ley 22.362

Artículo 14Forma de las oposiciones

Texto oficial

Las oposiciones al registro de una marca deben deducirse electrónicamente ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, con indicación del nombre, domicilio real y electrónico del oponente y los fundamentos de la oposición. (Artículo sustituido por Art. 65 — Ley 27.444 B.O. 18/6/2018)

Qué significa en la práctica

Las oposiciones deben deducirse electrónicamente ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

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