Realizada cualquier transformación de los productos de la caza u operaciones de comercio que requieran nuevos documentos las autoridades los proveerán a sus dueños para acreditar legítima , previa presentación y anulación de los que amparaban el producto originario.
En todos los casos, al ingresar a federal o al realizarse actos de comercio internacional o interprovincial, estos documentos serán presentados por sus dueños ante la autoridad nacional de aplicación, a los fines de su fiscalización.
CAPITULO IV
DEL AMBIENTE DE LA FAUNA SILVESTRE Y SU PROTECCION
Qué significa en la práctica
Tras transformar los productos o hacer operaciones de comercio, las autoridades emiten nuevos documentos previa anulación de los anteriores; al ingresar a federal o comerciar entre provincias se presentan ante la autoridad nacional.