Los estudios de factibilidad y proyectos de obras tales como desmonte, secado y drenaje de tierras inundables, modificaciones de cauce de río, construcción de diques y embalses, que puedan causar transformaciones en el ambiente de la fauna silvestre, deberán ser consultados previamente a las autoridades nacionales o provinciales competentes en materia de fauna.
Qué significa en la práctica
Los estudios y proyectos de obras que puedan transformar el ambiente de la fauna (desmonte, drenaje, diques, embalses) deben consultarse previamente a las autoridades competentes en fauna.