En materia de seguridad social se aplicarán a las personas discapacitadas las normas generales o especiales previstas en los respectivos regímenes y en las leyes 20.475 y 20.888.
Qué significa en la práctica
En seguridad social rigen para las personas con discapacidad las normas generales y los regímenes especiales (leyes 20.475 y 20.888).