Excluye a las jubilaciones y pensiones de este régimen de lo dispuesto en el párrafo final del Art. 55 — Ley 18.037 (Régimen previsional de dependientes) (t.o. 1976), que era el régimen previsional general de los trabajadores en vigente cuando se sancionó la ley. La exclusión preserva el cálculo especial del artículo 5º frente a las limitaciones del régimen general.