Ley 22.990

Artículo 17Deberes de la autoridad de aplicación

Texto oficial

La en la materia de la presente ley deberá promover y difundir como responsabilidad primaria en su medio de actuación, la utilización racional de la sangre humana, componentes y derivados. Consecuentemente con lo expresado en el párrafo , la asegurará igualmente su uso racional, mediante acciones normativas en particular para los profesionales especializados. Asimismo dichas acciones serán coordinadas con los medios científicos y educativos en la materia. CAPITULO VI SISTEMA NACIONAL DE SANGRE

Qué significa en la práctica

Enumera los deberes de la en materia de control, registro y promoción del sistema.

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