Ley 22.990

Artículo 55Relación dador-paciente y establecimiento

Texto oficial

La relación existente entre el dador-paciente y el establecimiento o ente responsable de la guarda de su sangre y/o componentes dentro del término de período útil de la sangre, se regirá de acuerdo a lo establecido en el Código Civil para la figura del depósito regular.

Qué significa en la práctica

Regula la relación jurídica entre el dador-paciente y el establecimiento interviniente.

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