Ley 22.990

Artículo 74Uso de la sangre y derivados

Texto oficial

La sangre humana, sus componentes y derivados, sólo serán utilizados en territorio nacional, quedando prohibida su exportación, con excepción de los casos en que por razones de así lo autorice expresamente el Poder Ejecutivo Nacional.

Qué significa en la práctica

La sangre humana, sus componentes y derivados solo pueden utilizarse con los fines y bajo las condiciones que la ley autoriza.

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