La importación de
sangre humana, componentes y derivados sólo podrá efectuarse cuando
medie autorización expresa del Poder Ejecutivo Nacional a requerimiento
y con intervención de la nacional, en los casos
de necesidad o escasez debidamente comprobada.
Qué significa en la práctica
La importación de sangre humana, componentes y derivados solo puede realizarse con autorización de la .