Ley 23.077

Artículo 1Derogación de leyes de facto

Texto oficial

Deróganse los Art. 1 — Ley 20.840 (Seguridad Nacional / "Ley antisubversiva"), y las leyes de facto números 21.259, 21.264, 21.267, 21.268, 21.272, 21.322, 21.325, 21.449; los Art. 1 — Ley 21.459; 21.460, 21.461, 21.463, 21.634, 21.886, 22.928 y 21.338, con excepción de las disposiciones a que se refiere el artículo 2º de la presente en cuanto a esta última ley. Las normas que hubieren sido derogadas, reemplazadas y modificadas por ellas recuperan su vigencia.

Qué significa en la práctica

Deroga artículos de la Ley 20.840 (Seguridad Nacional / "Ley antisubversiva") y numerosas leyes de facto de la dictadura (21.259, 21.264 y siguientes, 22.928, 21.338, etc.); las normas que esas leyes habían derogado o modificado recuperan su vigencia.

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