De ordinario, actuará como representante del ministerio público.
a) Durante la instrucción, el agente o procurador fiscal federal de primera instancia con ante el juez federal de sección o juez federal en lo criminal y correccional que la dirija.
b) Durante el juicio y la etapa preparatoria de éste, el fiscal de la Cámara Federal que entienda en él, quien a su vez podrá delegar su función en el agente fiscal que haya intervenido durante la instrucción, o en otro integrante del ministerio público.
Qué significa en la práctica
Define quién actúa como representante del ministerio público en cada etapa: el fiscal de primera instancia durante la instrucción y el fiscal de Cámara durante el juicio.