Ley 23.077

Artículo 27Remisión al fiscal de Cámara

Texto oficial

Concluidas las diligencias del sumario, el juez a cargo de la instrucción remitirá las actuaciones al fiscal de la Cámara que resulte competente para que se expida sobre su mérito.

Qué significa en la práctica

Concluido el sumario, el juez instructor remite las actuaciones al fiscal de la Cámara competente para que se expida sobre su mérito.

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