Ley 23.077

Artículo 51Postergación por fuga del imputado

Texto oficial

Postergación extraordinaria – En caso de fuga del , la Cámara ordenará la postergación del debate, y en cuanto sea detenido, fijará nueva audiencia.

Qué significa en la práctica

Si el se fuga, la Cámara posterga el debate y fija nueva audiencia en cuanto sea detenido.

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