Ley 23.077

Artículo 64Recepción de las pruebas

Texto oficial

Recepción de pruebas – Después de la declaración del , el Presidente procederá a recibir la prueba en el orden indicado en los artículos siguientes, salvo que considere necesario alterarlo.

Qué significa en la práctica

Después de la declaración del , el presidente recibe la prueba en el orden previsto, salvo que considere necesario alterarlo.

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