Requisitos de la – La contendrá:
1. La mención del Tribunal y fecha en que se dictare; el nombre y apellido de los jueces, fiscales y defensores que hubieran intervenido en el debate; las condiciones personales del y la enunciación del hecho que haya sido objeto de la acusación
2. El voto de los jueces sobre las cuestiones planteadas en la deliberación, con exposición concisa de los motivos de hecho y de derecho en que se basen, sin perjuicio de que adhieran específicamente a las consideraciones y conclusiones formuladas por el magistrado que votare en primer término.
3. La determinación precisa y circunstanciada del hecho que el Tribunal estime acreditada.
4. La parte resolutiva, con mención de las disposiciones legales aplicadas.
5. La firma de los jueces, pero si uno de los miembros del Tribunal no pudiere suscribir la por impedimento ulterior a la deliberación, esto se hará constar y aquél valdrá sin esa firma.
Qué significa en la práctica
La debe contener el tribunal y la fecha, los jueces, fiscales y defensores, los datos del , el hecho acusado y el voto fundado de los jueces sobre las cuestiones deliberadas.