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Art. 28
Ley 23.098
Artículo 28
Derogación
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Texto oficial
Derogación. Quedan derogados el
Art. 20 — Ley de Jurisdicción Federal y Recurso Extraordinario
y el Título IV, Sección II del Libro Cuarto de la
Ley 2372
(Código de Procedimientos en Materia Penal).
Qué significa en la práctica
Deroga el
Art. 20 — Ley de Jurisdicción Federal y Recurso Extraordinario
y la parte del viejo Código de Procedimientos en Materia Penal (
Ley 2372
) que regulaba el hábeas corpus, reemplazándolos por esta ley.
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Normas relacionadas
Relacionada con
Constitución Nacional
→
Complementa a
Código Procesal Penal de la Nación
→
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