Ley 23.098

Artículo 5Facultados a denunciar

Texto oficial

Facultados a denunciar. La denuncia de hábeas corpus podrá ser interpuesta por la persona que afirme encontrarse en las condiciones previstas por los artículos 3º y 4º o por cualquier otra en su favor.

Qué significa en la práctica

Puede pedirlo la propia persona afectada o cualquier otra en su favor. No hace falta ser abogado, familiar ni tener poder.

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