Ley 23.098

Artículo 6Inconstitucionalidad

Texto oficial

Inconstitucionalidad. Los jueces podrán declarar en el caso concreto la inconstitucionalidad, cuando la limitación de la libertad se lleve a cabo por orden escrita de una autoridad que obra en virtud de un precepto legal contrario a la Constitución Nacional.

Qué significa en la práctica

El juez puede declarar —sin que nadie lo pida— la inconstitucionalidad de la norma en que se apoya la detención cuando esa norma contraría la Constitución.

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