Artículo 46Autoridad contravencional en la Capital
Texto oficial
En la Capital Federal y hasta tanto entre en vigencia el Código Contravencional, el jefe de la Policía Federal Argentina entenderá en las contravenciones establecidas en el capítulo II.
Qué significa en la práctica
En la Capital Federal y hasta que entre en vigencia el Código Contravencional, el jefe de la Policía Federal Argentina entiende en las contravenciones del capítulo II.