Ley 23.187

Artículo 25Duración de los delegados

Texto oficial

Los delegados durarán dos (2) años en sus funciones y podrán ser reelectos.

Qué significa en la práctica

Los delegados duran 2 años en sus funciones y pueden ser reelectos.

Normas relacionadas

← Ver en Colegio Publico de Abogados (Ley 23.187) completaLeyes