Las sanciones aplicadas por este Tribunal serán anotadas en el legajo correspondiente del profesional sancionado. La renuncia a la inscripción no impedirá el juzgamiento del renunciante. TITULO V Del patrimonio CAPITULO I Integración de los fondos del Colegio
Qué significa en la práctica
Las sanciones se anotan en el legajo del profesional sancionado; la renuncia a la inscripción no impide el juzgamiento del renunciante.