Artículo 25 quáterRenuncia a la afiliación (telegrama gratuito)
Texto oficial
Los
electores pueden formalizar su renuncia por telegrama gratuito o
personalmente ante la secretaría electoral del distrito que
corresponda. A tal fin se establece en todo el territorio de la
República Argentina un servicio de telegrama gratuito para el
remitente, para efectivizar las renuncias a partidos políticos. El
gasto que demande este servicio será cargado, mediante el sistema sin
previo pago, a la cuenta del Ministerio del Interior y Transporte. El
juzgado federal con electoral una vez notificado de la
renuncia a una afiliación, deberá darla de baja y comunicarlo al
partido al cual ha renunciado.
Qué significa en la práctica
El elector puede renunciar a un partido por telegrama gratuito o personalmente ante la secretaría electoral. Recibida la renuncia, el juzgado da de baja la afiliación y se lo comunica al partido. El costo del telegrama lo paga el Ministerio del Interior.