Ley 23.298

Artículo 59Patrocinio letrado

Texto oficial

Ante la Justicia Federal con electoral se podrá actuar con patrocinio letrado. Los tribunales de primera y segunda instancia podrán exigir el patrocinio letrado cuando lo consideren necesario para la buena marcha del proceso.

Qué significa en la práctica

Ante la Justicia Electoral se puede actuar con patrocinio letrado, que los tribunales pueden exigir cuando lo consideren necesario.

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