Por esta única vez todos
los trámites establecidos por la presente ley a los efectos del
reconocimiento de partidos políticos o sus alianzas podrán cumplirse
hasta cincuenta (50) días antes de la fecha de realización de los
primeros comicios nacionales.
Cláusula transitoria
Qué significa en la práctica
Por única vez, los trámites de reconocimiento de partidos o alianzas podían cumplirse hasta 50 días antes de los primeros comicios nacionales.