Ley 23.298

Artículo 76Plazo excepcional de reconocimiento

Texto oficial

Por esta única vez todos los trámites establecidos por la presente ley a los efectos del reconocimiento de partidos políticos o sus alianzas podrán cumplirse hasta cincuenta (50) días antes de la fecha de realización de los primeros comicios nacionales. Cláusula transitoria

Qué significa en la práctica

Por única vez, los trámites de reconocimiento de partidos o alianzas podían cumplirse hasta 50 días antes de los primeros comicios nacionales.

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