Ley 23.551

Artículo 22Resolución de inscripción

Texto oficial

Cumplidos los recaudos del artículo anterior, la autoridad administrativa del trabajo, dentro de los noventa (90) días de presentada la solicitud, dispondrá la inscripción en el registro especial y la publicación, sin cargo, de la resolución que autorice la inscripción y extracto de los estatutos en el Boletín Oficial. VII. — De las derechos y obligaciones de las asociaciones sindicales

Qué significa en la práctica

Cumplidos los recaudos, la autoridad resuelve la inscripción dentro de 90 días.
← Ver en Ley de Asociaciones Sindicales completaLeyes