Ley 23.551

Artículo 35Representación por federaciones

Texto oficial

Las federaciones con personería gremial podrán asumir la representación de los trabajadores de la actividad o categoría por ellas representadas, en aquellas zonas o empresas donde no actuare una de primer grado con personería gremial.

Qué significa en la práctica

Las federaciones con personería pueden asumir la representación de los trabajadores de la actividad.
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