El control de las asociaciones sindicales, aunque hubieren obtenido personería jurídica en virtud de las disposiciones del derecho común, estará a cargo exclusivo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación.
Qué significa en la práctica
El control de las asociaciones sindicales corresponde a la autoridad de la ley, aun con personería jurídica del derecho común.