Ley 23.576

Artículo 46Reforma de la Ley 20.091 (seguros)

Texto oficial

Modifícase el inciso c) del artículo 35 de la disposición de facto 20.091, el que queda redactado de la siguiente manera: c) Obligaciones negociables que tengan oferta pública autorizada emitidas por sociedades por acciones, cooperativas, y asociaciones civiles constituidas en el país, o a las sucursales de las sociedades por acciones constituidas en el extranjero en los términos del artículo 118 de la Ley de Sociedades Comerciales, y en debentures, en ambos casos con garantía especial o flotante en primer grado sobre bienes radicados en el país. (Artículo sustituido por Art. 1 — Ley 23.962 B.O. 27/07/1988)

Qué significa en la práctica

Modifica el Art. 35 — Ley de Entidades de Seguros para incluir las obligaciones negociables como inversión.

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