Ley 23.661

Artículo 4Descentralización a las provincias

Texto oficial

La Secretaría de Salud de la Nación promoverá la descentralización progresiva del seguro en las jurisdicciones provinciales, la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, y el territorio nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. A ese efecto, las funciones, atribuciones y facultades que la presente ley otorga a la Secretaría de Salud de la Nación y a la Administración Nacional del Seguro de Salud podrán ser delegadas en las aludidas jurisdicciones mediante la celebración de los convenios correspondientes.

Qué significa en la práctica

Promueve la descentralización progresiva del seguro hacia las jurisdicciones provinciales y la Ciudad de Buenos Aires.
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