Artículo 48Nuevo artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo
Texto oficial
Sustitúyese el artículo 245 del régimen de de trabajo aprobado por la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976). por el siguiente:
"Artículo 245.- por antigüedad o
despido. En los casos de despidos dispuestos por el empleador sin justa
causa, habiendo o no mediado , este deberá abonar al trabajador
una equivalente a un (1) mes de por cada año de
servicio o fracción mayor de tres (3) meses tomando como base la mejor
mensual normal y habitual percibida durante el último año
o durante el plazo de prestación de servicio.
El importe de esta en ningún caso
podrá ser inferior a dos (2) mese de calculados en base al
sistema del párrafo anterior".
Qué significa en la práctica
Reescribe el Art. 245 — Ley de Contrato de Trabajo, que es la fórmula de la sin justa causa: cuánto cobra un trabajador cuando lo echan sin motivo. Es el artículo de esta ley con más impacto en la vida cotidiana y el que más veces fue después modificado y litigado. Buena parte de la laboral argentina de las décadas siguientes discute el tope que este artículo introduce.