Ley 23.697

Artículo 76Acumulación con las sanciones fiscales

Texto oficial

La pena de prisión establecida por esta ley y sus accesorios en su casa serán impuestas sin prejuicios de las sanciones fiscales o previsionales previstas por la legislación vigente, las que continuarán siendo aplicadas por las autoridades administrativas competentes.

Qué significa en la práctica

La pena de prisión se impone sin perjuicio de las multas fiscales o previsionales, que siguen aplicando las autoridades administrativas. Las dos vías corren en paralelo.

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