Artículo 104Casos en que procede la prueba supletoria
Texto oficial
La disposición del artículo anterior se explica: 1º Cuando el registro ha sido destruido ó perdido en todo ó en parte:—2º Cuando estuviere incompleto ó hubiere sido llevado con irregularidad.—3º Cuando el acta ha sido omitida por el oficial público.—
Qué significa en la práctica
Procedía la prueba supletoria cuando el registro se había destruido o perdido, estaba incompleto o llevado con irregularidad, o el oficial había omitido el acta.