Ley 2.393

Artículo 62Actos que la mujer puede hacer sin autorización

Texto oficial

No es necesaria la autorización del marido en los pleitos entre él y su mujer, ni para defenderse cuando fuese criminalmente acusado, ni para hacer su ni revocar el que hubiese hecho, ni para administrar los bienes que hubiese reservado por el de matrimonio.—

Qué significa en la práctica

No requería autorización marital para los pleitos entre los cónyuges, la defensa penal de la mujer, hacer o revocar ni administrar los bienes reservados en el de matrimonio.

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