Ley 23.982

Artículo 25Reglamentación

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional deberá reglamentar esta ley en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles desde su promulgación.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo debe reglamentar la ley en un plazo máximo de 60 días hábiles desde su promulgación.

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